La letra pequeña de los «préstamos rápidos».

Tabla TAEsCon la crisis han proliferado prestamistas por internet que prometen cantidades de dinero rápido moderadas, generalmente entre 300 y 1000 euros, a devolver en plazos cortos de tiempo que van de unos pocos días hasta 30 como máximo.

La mayoría de ellos incluyen una calculadora en su página principal que permite ver cuánto tendríamos que devolver en función de la cantidad solicitada y el plazo elegido de devolución, con lo que en teoría es fácil y claro ver lo que tenemos que devolver.

Así, para un préstamo de 300 euros en una de ellas, nos pone que a los 30 días deberíamos devolver algo más de 400 euros (omito adrede la cantidad exacta), con lo que tendríamos algo más de 100 euros de intereses en un mes, lo que da más o menos un 30%.

Quién piense que aunque es mucho tampoco es demasiado, que haga el cálculo del TAE y verá lo que sale (para ahorrarle las molestias puede consultar la tabla de arriba extraída de la web del prestamista), pero es que además si te lees la letra pequeña (después de buscarla, que esa es otra), vemos como una vez se cae en impago nos penalizan con una cantidad fija y aplican un recargo superior al 1% (vuelvo a omitir la cifra exacta para evitar problemas) ¡¡¡DIARIO!!!.

No queda claro en la letra pequeña si ese recargo es en interés simple, es decir, que cada día que pase se sumará esa cantidad fija a la deuda, o en interés compuesto, que supondría que cada día se actualiza la cantidad adeudada y se vuelve a calcular la deuda para el próximo día aplicando ese uno y pico por ciento de nuevo. La diferencia es abismal, así que el que no se lea la letra pequeña y pase de estos señores pensando que por poco más de 100 euros no se van a molestar en tocarle las narices debería saber que un año después de pedir el préstamo estaría debiendo en el primer caso casi 2.400 euros, pero es que en el segundo caso serían… ¡¡¡CASI 38.000!!!

Por tanto cuidado, con este tipo de “empresas de crédito”, que más bien parecen empresas para cazar incautos y sangrarles en caso de despiste o ignorancia de lo que han firmado.

Y a todo esto, ¿no hay ninguna legislación que controle este tipo de préstamos que son más usura que otra cosa?. Creo haber leído alguna vez que las entidades de crédito tienen un tope legal de TAE a aplicar en caso de impago, en este blog  habla del tipo de interés oficial más 8 puntos, aunque no se si es aplicable a estos casos o es solo al caso de hipotecas.

En cualquier caso, no entiendo que la administración permita este tipo de empresas, ni que permita que cobren esos intereses. A lo mejor tenemos que esperar a que salgan a diario casos en los telediarios de gente a la que prestaron 300-500 euros y le embargan la casa para que se haga algo al respecto…

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